Herencias con conflicto · Alicante

Abogados de herencias con conflicto en Alicante

¿No hay acuerdo entre los herederos?

Cuando una herencia se convierte en un conflicto familiar, el asesoramiento jurídico especializado te ayuda a conocer tus opciones y proteger tus derechos.

Consulta confidencial · Abogados en Alicante

  • Solo herencias con conflicto. No tramitamos otros asuntos.
  • Un abogado lleva tu caso. Siempre hablas con la misma persona.
  • Negociación primero, juzgado si hace falta. Te explicamos las vías legales antes de decidir nada.
  • Presupuesto por escrito. Hoja de encargo antes de empezar.

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Consulta gratuita, presencial en nuestro despacho de Alicante. Te respondemos en 24 horas laborables.

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Seguir discutiendo no desbloquea una herencia

Lleváis meses hablando y la herencia sigue exactamente donde estaba.

Un heredero ha dejado de responder, o responde pero no firma.

Y tú empiezas a temer que, si cedes o si esperas, saldrás perjudicado.

Seguir discutiendo no desbloquea una herencia. El primer paso es saber qué opciones legales tienes.

¿Te reconoces en alguna de estas situaciones?

Cuando un heredero no coopera

Si un heredero no firma o no responde

Una herencia se puede bloquear por acción o por silencio. Lo primero es saber qué es lo que no firma. Si no dice si acepta o renuncia, la ley permite requerirle ante notario para que se pronuncie en un plazo. Si lo que no firma es el reparto, existen otras vías.

Ver las vías legales

Conflictos entre hermanos

Cuando el problema es entre hermanos

Aquí no solo hay bienes: hay una familia. Nuestro objetivo es resolver la herencia sin agravar la relación, con un interlocutor profesional que saque la discusión de las comidas familiares. Y defender tu parte si no hay otra salida.

Reparto de bienes

Quién recibe qué

Repartir exige tres pasos: inventario de bienes y deudas, valoración y adjudicación. Cuando una parte no acepta la valoración de la otra, se puede recurrir a una tasación independiente; si el desacuerdo sigue, la valoración se resuelve dentro de la partición.

Viviendas heredadas

Cuando uno quiere vender y otro no

Hay tres salidas: vender y repartir el precio, que uno compre la parte del otro o pedir la división. Que un heredero viva en la vivienda no impide, por regla general, que los demás promuevan el reparto. Qué vía procede depende de si la herencia ya está repartida.

Herencias bloqueadas

Herencias que llevan meses o años paradas

Una herencia se para porque alguien no contesta, porque no hay acuerdo sobre un bien o porque nadie quiere dar el primer paso formal. Lo que la pone de nuevo en marcha suele ser eso mismo: un paso por escrito, con abogado, que obliga a todos a pronunciarse.

Hay vías legales aunque un heredero no firme.

Partición

La partición, con acuerdo o sin él

Partición pactada. Si todos los herederos estáis de acuerdo, se redacta el cuaderno particional y se firma ante notario.

Contador-partidor. Si el testador nombró uno, la partición la hace él. Si no hay acuerdo, se puede pedir que se nombre un contador-partidor dativo.

División judicial. Cuando no queda otra vía, cualquier heredero puede solicitar al juzgado la división de la herencia.

Las vías que existen

Negociación antes que juicio no es un eslogan. Desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 exige con carácter general haber intentado una solución negociada antes de presentar una demanda civil. Empezamos por la vía que la ley pide primero.

Cuál procede depende de cada caso: de quiénes sois herederos, de los bienes que hay y de lo que diga el testamento.

  1. Negociación entre abogados
    Un interlocutor profesional por cada parte para cerrar un acuerdo por escrito.
  2. Mediación
    Un tercero neutral ayuda a los herederos a pactar. El acuerdo es voluntario.
  3. Requerimiento notarial
    Se requiere ante notario al heredero que no se pronuncia para que diga si acepta o renuncia.
  4. Contador-partidor dativo
    Un tercero nombrado para hacer la partición cuando los herederos no la acuerdan.
  5. División judicial de la herencia
    El juzgado dirige el inventario, la valoración y el reparto.
  6. División de la cosa común
    Para bienes ya adjudicados en copropiedad: división, o venta y reparto del precio.

Cómo trabajamos

Cuatro pasos

1

Consulta gratuita

Nos cuentas la situación y te decimos si hay caso y por dónde empezar.

2

Estudio de la documentación

Revisamos testamento, bienes y comunicaciones. Recibes un resumen escrito de tus opciones.

3

Negociación con los demás herederos

Hablamos con ellos o con sus abogados para intentar un acuerdo por escrito.

4

Vía notarial o judicial, si hace falta

Solo cuando la negociación no basta, y siempre explicándote antes plazos y costes previsibles.

Por qué Herencias Premium

Un despacho que solo hace esto

Especialización

Solo herencias con conflicto: partición, bloqueo, vivienda y legítima.

Un abogado por caso

La persona que estudia tu caso es la que te llama y la que negocia.

Plazo de respuesta

Respondemos en 24 horas laborables. La cita es presencial, en nuestro despacho de Alicante.

Informado en cada paso

Sabes qué se ha hecho, qué viene después y por qué.

Quién lleva tu caso

María Esther Santana Ramírez, abogada

María Esther Santana Ramírez

Colegiada n.º 5996 del Colegio de la Abogacía de Alicante (ICALI)

Más de 25 años de ejercicio

Abogada responsable de tu expediente de principio a fin.

Opiniones en Google

Lo que dicen nuestros clientes

5,0 14 reseñas en Google

5 de 5 estrellas

«Muy buena en su trabajo, me ayudó mucho con la herencia de mi madre, a tratar el asunto con mis hermanos, no me tuve que preocupar por nada. Muy diligente y bellísima persona. La recomiendo en estos temas y muchos más que lleva.»

Daniel F. · Reseña en Google

5 de 5 estrellas

«Después de varias experiencias decepcionantes con otros colegas, conocer a Esther ha sido una tranquilidad porque es inmejorable en el trato. Paciente, atenta, humana y sobre todo una gran profesional. Recomiendo 100×100.»

Julia B. · Reseña en Google

5 de 5 estrellas

«Atención muy personalizada. Casi familiar y con eficacia en la tramitación de nuestra herencia. Muy recomendable.»

Manuel P. · Reseña en Google

5 de 5 estrellas

«Una persona profesional que se implica y sabe muy bien cómo tiene que hacer su trabajo. Yo confío en ella 100 %, la aconsejo a todo el mundo que quiera una profesional cercana, amable, profesional, responsable.»

Juanma P. · Reseña en Google

5 de 5 estrellas

«Esther es una gran profesional. Trato excelente, la recomiendo. Se toma el tiempo de explicar en detalle los trámites a realizar. Muchas gracias.»

Tatiana S. · Reseña en Google

5 de 5 estrellas

«Llevo muchos años con la abogada. Tiene un trato muy cercano y amable, busca siempre ayudar al cliente y ver lo que es más aconsejable. La recomiendo.»

Gerardo F. · Reseña en Google

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Preguntas frecuentes

¿Qué puedo hacer si un heredero no quiere repartir?

Por regla general, ningún heredero está obligado a mantener la herencia sin repartir, salvo que el testador lo haya prohibido. Si no hay acuerdo, existen vías como la negociación entre abogados, la mediación, el nombramiento de un contador-partidor dativo y la división judicial de la herencia. Cuál procede depende de quiénes sois herederos, de los bienes que hay y de lo que diga el testamento.

¿Qué ocurre si un hermano no quiere vender una vivienda heredada?

Depende de si la herencia ya está repartida. Si la vivienda sigue dentro de una herencia sin partir, su destino se decide en la partición. Si ya se adjudicó a varios herederos en copropiedad, por regla general ninguno está obligado a seguir en ella y cualquiera puede pedir la división. Cuando el inmueble no se puede dividir y nadie se lo queda compensando a los demás, la ley prevé su venta y el reparto del precio.

¿Qué pasa si un heredero no quiere firmar?

Hay que distinguir qué es lo que no firma. Si no dice si acepta o renuncia a la herencia, la ley permite requerirle ante notario para que se pronuncie en un plazo; si no contesta, la herencia se entiende aceptada. Si lo que no firma es el reparto, las vías son el contador-partidor dativo o la división judicial.

¿Se puede desbloquear una herencia?

En la mayoría de los casos existen vías legales para que una herencia avance aunque un heredero no colabore. Lo que no se puede anticipar sin estudiar el caso es cuál conviene, cuánto tardará ni cuánto costará.

¿Cuándo necesito un abogado?

Conviene consultar cuando llevas tiempo intentando un acuerdo sin resultado, cuando recibes un requerimiento de otro heredero, antes de firmar un reparto con el que no estás conforme o cuando sospechas que faltan bienes en el inventario. Si el asunto llega al juzgado, lo habitual es que la intervención de abogado y procurador sea obligatoria.

¿Qué ocurre si los herederos no llegan a un acuerdo?

Mientras no hay partición, la herencia pertenece a todos en común y nadie puede disponer por su cuenta de bienes concretos. Esa situación no tiene por qué ser indefinida: cualquier heredero puede promover la partición por las vías legales. Antes de acudir al juzgado, la ley exige con carácter general haber intentado una solución negociada.

¿Cuánto puede durar el conflicto?

No hay un plazo fijo. Un acuerdo negociado puede cerrarse en semanas o en pocos meses. Un procedimiento judicial suele durar bastante más y depende del juzgado, del número de herederos y de si hay que valorar o vender bienes. Nadie puede garantizar un plazo sin conocer el caso.

¿Qué documentación necesito?

Para una primera consulta suele bastar con el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, el testamento o la declaración de herederos, una relación de los bienes y deudas que conozcas y cualquier comunicación que hayas tenido con los demás herederos. Si te falta algo, te indicamos cómo conseguirlo.

¿Cómo se inicia una partición?

Si todos los herederos estáis de acuerdo, se redacta el cuaderno particional y se firma ante notario. Si el testador nombró un contador-partidor, la partición la hace él. Si no hay acuerdo, se puede pedir el nombramiento de un contador-partidor dativo o solicitar la división judicial de la herencia.

¿Puedo reclamar mi parte de la herencia?

Si eres heredero, puedes pedir la partición de la herencia. Otras reclamaciones, como la de la legítima o la impugnación de un testamento o de una partición ya hecha, tienen requisitos y plazos propios, por lo que conviene consultarlo cuanto antes.

Esta información es general y no sustituye el estudio de tu caso. Cada herencia es distinta.

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